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https://www.quenotelacuenten.org/2024/02/22/nota-breve-sobre-el-magisterio-eclesiastico-para-catolicos-perplejos/
Nota breve sobre el Magisterio eclesiástico para católicos perplejos
Por el P. Christian Ferraro*
«Proclama la Palabra, insiste a tiempo y a destiempo,
reprende, amenaza, exhorta con toda paciencia y doctrina.
Porque vendrá un tiempo en que los hombres
no soportarán la doctrina sana, sino que,
arrastrados por su propias pasiones, se harán con un montón de maestros
por el prurito de oír novedades; apartarán sus oídos de la verdad
y se volverán a las fábulas»
(2Tim 4,2-4)
1. Naturaleza del Magisterio
Se entiende por Magisterio (eclesiástico) el ejercicio de la autoridad de enseñar que Jesucristo confió a la Iglesia, en sus pastores (el Papa, los Obispos y, en dependencia de ellos, los demás sagrados ministros).
El Magisterio está al servicio de la transmisión del mensaje de Jesucristo. Por consiguiente, carece de toda autoridad para proponer algo que modifique ese mensaje. En otros términos: el Magisterio no está por encima ni de la Biblia ni de la Tradición, sino que está a su servicio como garante de la conservación inalterada del «depósito» y de su correcta interpretación, siempre coherente consigo misma y jamás contradictoria ni «caleidoscópica» (cfr. 1Tim 6,20; 2Tim 1,14), porque Jesucristo «es el mismo ayer, hoy y lo será para siempre» (cfr. Heb 13,8), de tal modo que la Iglesia, en cuanto transmisora fiel de su mensaje es «columna y fundamento de la verdad» (1Tim 3,15).
2. Obligación de escuchar al Magisterio
En cuanto que, mediante los ministros que han recibido el sacramento del orden sagrado, la Iglesia ejerce el oficio de enseñar, la Iglesia se llama «Iglesia docente»; en cuanto a los miembros que escuchan y reciben la enseñanza del Magisterio, la Iglesia se llama «Iglesia discente» –o sea, Iglesia que es discípula, que aprende–.
Hay obligación seria y grave de escuchar y obedecer a la Iglesia docente, bajo pena de no poder acceder a la salvación. En efecto, rechazar el Magisterio de la Iglesia equivale a rechazar a Jesucristo; y rechazar a Jesucristo equivale a rechazar a Dios Padre. Es por eso que Jesús dijo a sus apóstoles: «Quien a vosotros os escucha, a mí me escucha; y quien a vosotros os rechaza, a mí me rechaza; y quien me rechaza a mí, rechaza al que me ha enviado» (Lc 10,16).
3. Diferentes tipos de escucha según los diferentes pronunciamientos del Magisterio
Hay pronunciamientos que son definitivos y, por consiguiente, inmutables; hay otros que no son definitivos y que, por consiguiente, pueden cambiar, habida cuenta de algunas circunstancias.
En todo lo que esté claramente definido por el Magisterio, hay que prestar una adhesión de fe; quien no lo hiciere, no posee la fe católica (sea obispo, sacerdote, monja, religiosa, laico…) –por ejemplo, la imposibilidad del sacerdocio femenino es doctrina ya definida explícitamente por Juan Pablo II: todos los que piensan de otra manera se encuentran fuera de la fe católica–.
En toda cuestión que no esté claramente definida y allí donde el Magisterio exprese sólo una consideración que queda abierta a ulteriores precisiones y eventualmente correcciones, se debe prestar un obsequio religioso. La expresión «obsequio religioso» significa que se acepta de buena voluntad y no sólo exteriormente sino, ante todo, interiormente esa enseñanza, con la estimación positiva de que, en principio, tiene que ser una enseñanza correcta, aunque no haya habido intención de definir. Esta disposición interior es una disposición de obediencia respetuosa y sincera que nace de la fe.
4. Distintas modalidades de ejercicio del Magisterio
Pero es justamente aquí donde surge la perplejidad, es aquí donde surge esa difícil situación de conciencia. Hay obispos que promueven la teología de la liberación, claramente marxistizante; otros, que promueven la teología del pueblo, claramente sincretista. Hay sacerdotes que dicen que la doctrina ha cambiado; otros que dicen que no. Hay sacerdotes u obispos que dicen que la Iglesia estuvo equivocada durante casi dos mil años, mientras que otros sostienen lo contrario. ¿A cuáles seguir? ¿Todo lo que ellos dicen pertenece a ese «Magisterio que obliga», que refleja la voz de Jesucristo? NO.
Y, entonces, ¿cómo es posible que un ministro autorizado no refleje la voz de Jesucristo?
Pues bien, para entender esto ha de saberse que el Magisterio tiene dos modos de ejercicio: ordinario y extraordinario. El primero puede ser singular (el magisterio que ejerce cada obispo en su diócesis, incluido el obispo de Roma) o universal (el Magisterio del episcopado en su conjunto y en plena coherencia a lo largo de los siglos, en comunión con la tradición apostólica –no debe ser identificado, pues, con la mayoría «democrática» de los obispos de un determinado sector o época–). El segundo puede ser colegial o personal.
El Magisterio extraordinario es infalible CUANDO DEFINE: un concilio ecuménico cumple con las condiciones de infalibilidad, pero sólo resulta infalible cuando define y solamente en aquello que define. Por ejemplo, el Concilio Vaticano II reúne las condiciones para el ejercicio del Magisterio extraordinario auténtico, pero no propuso de manera explícita y formal ninguna definición de fe; sí lo hizo, en cambio, el Concilio Vaticano I. Asimismo, el Papa es infalible cuando define una verdad de manera solemne y formal haciendo uso explícito de su autoridad como sucesor de Pedro. Por ejemplo, lo que hizo Juan Pablo II al definir la imposibilidad del sacerdocio femenino[1].
El magisterio ordinario singular es falible: esto no quiere decir que se equivoque siempre, sino que siempre está la posibilidad de que haya algún error. En cambio, el Magisterio ordinario universal es infalible. Por eso, una innovación, cualquiera ella sea, que se oponga al Magisterio ordinario universal no puede ni debe ser escuchada, aceptada o seguida, la proponga un sacerdote, un obispo, un Papa o hasta «un ángel del Cielo» (Gal 1,8).
P. Christian Ferraro